Condiciones de las pólizas

Navegación:
Hasta 200 millas del litoral Español y Portugués, y aguas teritoriales de la UE; incluida la travesía a las Islas Canarias (otras zonas de cobertura a convenir)


Responsabilidad civil:
Obligatoria de 336.566,78 € o complementaria a convenir
Transporte terrestre:
Incluido
Ocupantes:
A convenir
Regatas:
A convenir
Asistencia náutica:
A convenir
Síntesis de los riesgos garantizados en pólizas multirriesgo:
  • Casco, motor, arboladura y accesorios
  • Pérdida total efectiva o constructiva. Abandono.
  • Daños propios con ocasión de colisión con objetos fijos y flotantes, incendio, echazón, varada y hundimiento
  • Piratería, explosión, rayo, actos maliciosos ...
  • Robo del buque entero, sus accesorios fijos, su bote auxiliar o motor fueraborda, y los daños como consecuencia de haber sido forzada la entrada del buque o lugar de almacén.
  • Gastos de salvamento o remolque con motivo de un siniestro
  • Riesgos extraordinarios (inundación, terremoto, tempestad ciclónica atípica, etc.)

Síntesis de los riesgos garantizados en pólizas de Responsabilidad Civil (RC):
  • Daños y perjuicios a terceros con las limitaciones que marca la ley
    Costas, gastos judiciales y defensa   

Síntesis de los riesgos cubiertos por las garantias de ocupantes:
  • Lesiones corporales, invalidez y fallecimiento  

Síntesis de los riesgos cubiertos por la póliza de Asistencia Náutica Síntesis de los riesgos cubiertos por la póliza de Asistencia Náutica:
 
  • Remolcaje con motivo de avería o accidente que impida llegar a puerto
  • Envío de un Patrón en caso de enfermedad o lesión que impida el regreso
  • Traslado o repatriación por avería enfermedad o accidente, con asistencia médica  

Exclusiones en pólizas multirriesgo:
 
  • El agua que penetre por portillos mal cerrados o abiertos
  • Desprendimiento o caída del motor fuera borda auxiliar del buque
  • Velas y fundas protectoras rasgadas por el viento sin daños en la arboladura
  • Daños al motor y conexiones como consecuencia del mal tiempo o avería mecánica
  • Daños al motor, conexiones, equipo eléctrico y baterías con respecto a la negligencia por cualquier trabajo de reparación, modificación o mantenimiento del buque
  • Aparejos de pesca, amarras, provisiones y efectos personales (salvo contratación)
  • Uso, desgaste o falta de mantenimiento
  • Guerra, terrorismo, minas, bombas u otros artefactos explosivos
  • El esquiador (salvo contratación)
  • Hurto, multas y sanciones  

Exclusiones en pólizas de Responsabilidad Civil (obligatoria):
 
  • Patrón, propietario, naviero o tomador del seguro
  • Personas transportadas que efectúen pagos para el crucero
  • Transporte por tierra
  • Aguas no jurisdiccionales españolas  

Franquicia:
 
  • La cantidad a deducir será la establecida para este propósito
  • Adicionalmente a la aplicación o no de la franquicia, se podrá deducir una depreciación por uso y desgaste, con respecto a pérdidas o daños a fundas protectoras, velas, jarcia firme y de labor, electrónica y motores fuera borda